DISPOSITIVA
Por todas las razones y consideraciones anteriormente expuestas, esta Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE POR MANIFIESTAMENTE INFUNDADO, el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Ricardo Javier Colina Torres, en contra
+de la decisión dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, de fecha 26-05-04.
Queda así CONFIRMADA la decisión apelada y dictada por el Tribunal Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, a cargo de la Dra. Carmen Teresa Bolívar Portilla, de fecha 26 de Mayo de 2004.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en el Despacho de la Corte de Apelaciones, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. Barquisimeto, a los _______.....