Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil "CRISTALERÍA LAS COLINAS C.A.", representada por el abogado SÁNDOR NYISZTOR, todos suficientemente identificados en la parte motiva del presente fallo, contra el acto administrativo contendido en la Resolución Nº J-DIM_013-06, de fecha 7 de febrero de 2006, dictada por la Alcaldía del Municipio Baruta del Estado Miranda.