Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como tribunal de alzada constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 21 de agosto de 2019 por el abogado JULIO CESAR GARCÍA, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARCELINA DEL CARMEN ZAMBRANO ROA, parte presuntamente agraviada, y en consecuencia, queda así CONFIRMADA la sentencia recurrida. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de amparo constitucional incoada por la ciudadana MARCELINA DEL CARMEN ZAMBRANO ROA contra la ciudadana MIRELLA JOSEFINA CONDE DE YAJURE, por haberse verificado la causal de inadmisibilidad contenida en el ordinal 5º del artículo 6º de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales. TERCERO: En virtud de no haber considera.....