Ahora bien, en cuanto a la demanda interpuesta por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ y CESÁR ENRIQUE HERNÁNDEZ, en contra de los ciudadanos YOLIMAR ARANDA, ALCIDES ARANDA, MARIBLE ARANDA, HORIANA SANTANA, DANIEL CARRERO, YESSICA COLMENARES, DAVID CARRERO, YENIFER BUSTAMANTE, JOSÉ PÉREZ, ARGENIS ARANDA, ELIECER MARTINEZ, JAVIER MOLINA, NICOL MOLINA, ROMER LEON, LEIDA POCHE, LISBEY RUJANO y DENER ZAMBRANO, este Tribunal concluye del análisis de las pruebas acopiadas en autos, que no ha quedado demostrado la posesión agraria por parte de los ciudadanos JOSÉ GREGORIO HERNÁNDEZ y CESÁR ENRIQUE HERNÁNDEZ, sobre el predio denominado "Mi Cejo El Roble", al no haberse probado el real y efectivo desarrollo de la actividad agraria, determinativa de la producción agroalimentaria, sobre la totalidad del fundo. Por otra parte tampoco logra demostrar la parte demandante, las circunstancias específicas del acto delatado como despojo, al demostrarse que si bien el Instituto Nacional de Tierras, en.....