Este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Lara, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: TERMINADO EL PROCEDIMIENTO POR ABANDONO Y DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN DE AMPARO intentada por la ciudadana querellante HENNY JOSE CARPIO TORRES, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nº 10.772.527, debidamente asistido por el ciudadano Abogado MIGUEL TORRES, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 115.396 en su condición de Procurador de Trabajadores del Estado Lara, contra la sociedad mercantil: GLOBAL UNO LOGISTICS DE VENEZUELA, C.A.(Completamente identificado en autos que preceden esta causa) en la persona del ciudadano CARLOS ACEVEDO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 78.974, en su condición de Representante Legal Así se decide.-