Este Tribunal Segundo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumana, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en lo previsto en el artículo 479 numeral 1° y 498 del Código Orgánico Procesal Penal, declara extinta la pena de: TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, impuesta al ciudadano: HENRY RAFAEL VIZCAÍNO, venezolano, natural de Cumaná, nacido en fecha 19-05-1974, de 35 años de edad, titular de la cédula de identidad No. 16.484.485, casado, comerciante, residenciado en la Urbanización Bebedero, calle 01, vereda 15, casa No. 15, Cumaná, Estado Sucre, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPIAS, previsto y sancionado en el encabezamiento del artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, concatenado con el segundo numeral del referido artículo, .....