Se declaró AMPLIAR la sentencia dictada por este Tribunal, en fecha 30 de enero de 2013, en la acción de Cobro de Bolívares, ejercida por la sociedad mercantil SEGUROS ALTAMIRA, C.A., en contra de las Sociedades mercantiles DISTRIBUIDORA SUNGARD, C.A. y SEGUROS LA SEGURIDAD, C.A. En consecuencia, se entiende que el punto TERCERO de la referida sentencia ha quedado de la siguiente forma: TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada, Sociedad Mercantil DISTRIBUIDORA SUNGARD y a su garante, la Sociedad Mercantil SEGUROS LA SEGURIDAD C.A., en pagar a la demandante Sociedad Mercantil SEGUROS ALTAMIRA, C.A., la cantidad de OCHO MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL BOLÍVARES (Bs. 8.699.000,00) hoy día OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y NUEVE BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 8.699,00), por concepto de los daños materiales que canceló a su asegurado, conforme al finiquito anexo a los autos, dicha cantidad será cancelada de la siguiente forma: 1) La Sociedad mercantil DISTRIBUIDORA SUNGARD, C.A., pagará .....