Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara: Con lugar, la solicitud de divorcio por falta de afecto, en atención a la Sentencia de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, No. 1070/16, de fecha nueve de diciembre del 2016, presentada en jornada TRIBUNAL MOVIL, por la ciudadana PATRICIA CHIQUINQUIRA GARCIA DE RUIZ, en contra del ciudadano ELIO JESUS RUIZ, ya identificados, En consecuencia, SE DISUELVE EN DIVORCIO, el vinculo matrimonial que contrajeran en fecha dieciséis de abril de mil novecientos noventa y cuatro (1994), por ante EL Jefe Civil y secretario respectivamente, de la Parroquia Raúl Leoni Municipio Maracaibo del estado Zulia, acta No.156 de los libros respectivos.- Así se Decide.-