DECLARA: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN CELEBRADA ENTRE LAS PARTES, contenido en la demanda por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, incoada por la ciudadana MARIA ALEJANDRA VELOZ SILVA, titular de la Cédula de Identidad N° 11.363.722, representada judicialmente por el Abogado ALWIN RIGUEL JORDAN HERNANDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 125.281, en contra de la empresa SERVICIOS INTEGRADOS DE VENEZUELA,S.A, representada judicialmente por la abogada YOLANDA VEGA DE BADIOLA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 30.778.
Visto que en la transacción se realizo en un solo, se evidencia de consignación de copia de cheque descrito in supra, asimismo como de las diligencias de las partes, a los fines de solicitar la homologación de la mencionada Transacción, se ordena remitir al tribunal de sustanciación de origen para el cierre definitivo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en el despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de .....