En atención a los anteriores razonamientos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, Administrando Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la oposición formulada por la representación judicial de la parte demandada ciudadana LEENGERBETH GIULLIANA MENDOZA FLORES, contra las pruebas promovidas por la representación judicial de los ciudadanos CARLOS JOSE RODRIGUEZ PAIVA y KATHERINE ALEJANDRA RODRIGUEZ PAIVA, todos antes identificados.
SEGUNDO: NO SE ADMITEN las pruebas de informes ni la prueba de experticia promovida por la parte demandante.