Decisiones del dia 27/02/2008
N° Expediente :
KP02-S-2007-18260
N° Sentencia :
Fecha: 27/02/2008
Procedimiento: Titulo Supletorio
Partes: ANTONIO HEREDIA CASTILLO Y MARIA JULIANA RODRIGUEZ ESCORCHE
Resumen:
Vista la solicitud que procede suscrita por los ciudadanos VICENTE ANTONIO HEREDIA CASTILLO y MARIA JULIANA RODRIGUEZ ESCORCHE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad números V- 7.542.530 y 4.343.321 respectivamente, de este domicilio, conforme lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de VEINTE MILLONES DE BOLIVARES (Bs. 20.000.000,00), lo que equivale a VEINTE MIL BOLÍVARES FUERTES (BsF. 20.000,ºº) cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente .....
Juez/Ponente:
Harold Rafael Paredes Bracamonte
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
N° Expediente :
KP02-V-2002-000940
N° Sentencia :
366
Fecha: 27/02/2008
Procedimiento: Perención De Instancia
Partes: DEMANDANTE: RAMON DOMINGUEZ PIÑERO, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD N° V-2.916.959, ACTUANDO CON EL CARÁCTER DE PRESIDENTE DE LA FIRMA MERCANTIL HOTEL CONQUISTADOR S.R.L, INSCRITA EN EL REGISTRO MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, EN FECHA 22.02.1984, BAJO EL N° 52, TOMO, 1B;DEMANDADO: MIGUELINA MENUTO DE CARBONE, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LAS CÉDULA DE IDENTIDAD NRO.7.321.169.
Resumen:
En consecuencia, por las razones antes expuestas, este Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA la presente instancia, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. Se da por terminado el presente juicio y se ordena el archivo del expediente, una vez quede firme la presente sentencia. No hay condenatoria en costas en razón de lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.
Juez/Ponente:
Patricia Lourdes Riofrio Peñaloza
Organo:
Juzgado Tercero del Municipio Iribarren