En razón de todo lo antes expuesto, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS PUERTO CABELLO Y JUAN JOSE MORA DEL CIRCUITO JUDICIAL CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, EXTENSIÓN PUERTO CABELLO, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO por Desafecto interpuesta por el ciudadano OSCAR NICOLAS SALAZAR RAMOS, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.492.025, asistido por el abogado WILLIAN RAFAEL ARAUJO OSORIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.189.
SEGUNDO: DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los ciudadanos OSCAR NICOLAS SALAZAR RAMOS Y TAINA DEL VALLE PETIT CAMPO, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.492.025 y V-13.955.351 respectivamente, en fecha dieciocho (18) de febrero (02) del año 2.000, ante la oficina o Unidad d.....