Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados LUIS ALBERTO SÁNCHEZ y EDGAR JOSÉ LOZADA PEÑA, apoderados judiciales del ciudadano FLORENCIO ANTONIO RAMOS MONCADA, antes identificados, contra la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, y en consecuencia:
1.- SE ORDENA: El pago de los salarios dejados de percibir desde el 14 de marzo de 2007, fecha en la cual fue declarada procedente la solicitud de amparo cautelar hasta la fecha de la publicación del presente fallo.
2.- SE ORDENA: La realización de una experticia complementaria del fallo para la determinación exacta de la cantidad ordenada a pagar en la presente sentencia.
3.- SE NIEGA: El resto de las peticiones solicitadas de conformidad con la parte motiva .....