DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones que anteceden, este Juzgado Séptimo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, a tenor de lo dispuesto en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, decreta el Archivo de las presentes actuaciones instruida contra de los ciudadanos JOSE ENRIQUE OROPEZA RODRIGUEZ, titular de la cedula de Identidad Nro. 19.165.225 y ROBERTO ANTONIO PIÑA NORIEGA, titular de la cedula de Identidad Nro. 20.250.847, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, comportando en consecuencia el cese inmediato de las medidas de coerción personal dictadas en contra del referido ciudadano quienes pierden la condición de imputados a partir de esta fecha, sin perjuicio de la reapertura de la causa cuando sean recabados nuevos elementos de convicción que permitan establecer los autores d.....