Conforme a lo expuesto este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, se declara:
1. CON LUGAR en los términos expuestos en la parte motiva de este fallo, la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano JESÚS ALBERTO NOGUERA, cédula de identidad V-4.678.463, asistido por la abogada Betzaida Pacheco, Inpreabogado N° 39.715. En consecuencia, se declara la nulidad absoluta de los actos administrativos de fecha 01 abril 2005, y 09 mayo 2005, dictados por el CONCEJO MUNICIPAL DEL MUNICIPIO GUACARA, ESTADO CARABOBO.
2. SE ORDENA la reincorporación del ciudadano JESÚS ALBERTO NOGUERA, cédula de identidad V-4.678.463 al último cargo -Adjunto al Coordinador de Comisiones del Concejo Municipal del Municipio Guacara, Estado Carabobo- o en caso de no existir, a uno de igual o similar categoría, y los salarios deja.....