DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por RESOLUCION DE CONTRATO sigue la ciudadana BEATRIZ ELENA MENDOZA DE CAVALIERI contra el ciudadano PEDRO JOSE DISLA RODRIGUEZ y en consecuencia:
PRIMERO: Se resuelve el Contrato de Arrendamiento suscrito entre las partes y en consecuencia se ordena la entrega material del inmueble ubicado en la parroquia San Juan esquina Pescador, local comercial letra "E", Municipio Libertador del Distrito Capital, Ciudad de Caracas, totalmente desocupado de bienes y enseres personales de la arrendataria, libre de personas y en el mismo estado de habitabilidad, pintura, aseo y limpieza en que lo recibió, habiéndose cancelado los pagos pendientes de los servicios de: agua, electricidad, gas.....