Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: IMPROCEDENTE la oposición formulada por la abogada AURA CAROLINA RONDÓN GUTIÉRREZ, actuando en su carácter de apoderada judicial del MUNICIPIO BARUTA DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, parte querellada, en contra de las pruebas documentales promovidas por la parte actora.
SEGUNDO: SE INADMITE la prueba contenida en el Capítulo I, conforme a la motiva de la presente providencia.
TERCERO: SE ADMITEN las pruebas documentales contenidas en el Capítulo II, conforme a la motiva de la presente providencia.