Se ejecutó sentencia condenatoria dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Carabobo, de fecha 25-06-04, mediante la cual condenó al ciudadano JOSE EDGAR MUJICA, titular de la cédula de identidad N° 7.915.950, a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS Y ONCE (11) MESES DE PRISION, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 411 del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, así como a las penas accesorias de Ley. Se fija audiencia de imposición al precitado penado, según agenda única llevada por este Circuito Judicial Penal, a lo fines de imponerlo de la presente decisión. Remítase copia certificada de la decisión a la Dirección de Custodia y Rehabilitación al Recluso, Ministerio del Interior y Justicia, Caracas.