PRIMERO: CON LUGAR el recurso procesal de apelación ejercido por la abogada LUCIANA BELLO SILVA procediendo en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ciudadana MARIA FERNANDA PEÑA; SEGUNDO: SE REVOCA la decisión dictada en fecha 13 de febrero de 2012, por el Juzgado Primero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual declara terminada la presente causa por abandono de trámite.
No hay condenatoria en costas procesales, dada la naturaleza del presente fallo.
Se ordena remitir el presente expediente al tribunal de origen en la oportunidad correspondiente.