DECISION
Por virtud de las anteriores consideraciones este Tribunal, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la apelación ejercida por la representación judicial de la parte demandada, abogado RAFAEL MIGUEL CARDENAS PERDOMO, inscrito en el I.P.S.A. N° 240.042, contra la sentencia dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha cinco (05) de diciembre de dos mil veintidós (2.022), en el juicio de tacha de documento público por vía principal interpuesta por LUIS HONORIO SIGALA VENEGAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V- 1.260.708,contra la firma mercantil NVERSIONES 23937, C.A., sociedad inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 25/11/1999, quedando inserta bajo el N° 35, tomo 44-A, expediente N° 42439, con registro de información fisca.....