D I S P O S I T I V A
Por lo antes expuesto, este Tribunal Séptimo en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Extensión, Barquisimeto, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la ley ACUERDA: PRIMERO: La tramitación de la causa por el PROCEDIMIENTO ORDINARIO, conforme lo previsto en el artículo 280 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, de conformidad con el artículo 256 ordinales 1° del Código Orgánico Procesal Penal, a favor de la ciudadana: PAULA ROSA SOLORZANO GIMENEZ, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.412.159, venezolana, mayor de edad, de 43 años de edad, grado de instrucción 5º año, oficio: Secretaria, residenciada en la Urbanización Villas del Oeste, manzana K, casa Nº 06, color verde, a media cuadra del Frigorífico Villas del Oeste, Barquisimeto, Estado Lara teléfono 0414-5168198, la cual cumplirá en la dirección aportada p.....