Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, declara firme el decreto Intimatorio de fecha 21 de mayo de 2010, dictado en contra del ciudadano MANUEL ARRIETA URDANETA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 11.281.838 y domiciliado en esta ciudad y Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en el juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR EL PROCEDIMIENTO INTIMACIÓN sigue la ciudadana MARÍA GONZÁLEZ ITURRIZA, plenamente identificada y en consecuencia, se condena al intimado a pagar a la parte actora, la cantidad de SIETE MIL SETECIENTOS TRECE BOLÍVARES CON NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 7.713,98), discriminados de la siguiente manera: a) La cantidad de CINCO MIL NOVECIENTOS VEINTE BOLÍVARES (Bs. 5.920,oo), monto del cheque protestado; b).....