DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: HOMOLOGADA LA TRANSACCIÓN JUDICIAL celebrada el 20 de julio de 2016, ratificada 11 de agosto de 2016, en la presente demanda de contenido patrimonial, por la parte demandada, ALCALDÍA DEL MUNICIPIO EL HATILLO DEL ESTADO MIRANDA, mediante su apoderado judicial, la abogada Lisrayli Gabriela Correa Tortoza, inscrita por ante en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 110.150, y el abogado Antonio Callaos Farra, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 46.935, actuando como apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES REALTORS, ello con fundamento en la motiva del presente fallo.