DISPOSITIVO
Por las razones y consideraciones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha siete (07) de octubre de dos mil quince (2015), por el abogado ENNIO DI MARCANTONIO, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en contra de la sentencia dictada el dos (02) de octubre de dos mil quince (2015), por el Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SE REVOCA en todas y cada una de sus partes, el fallo apelado.
SEGUNDO: CON LUGAR la defensa de caducidad de la acción opuesta por la parte demandada, queda desechada y extinguido la acción que por RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO fuese interpuesta por el ciudadano KALE.....