En consecuencia, este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. REVOCA el Beneficio de REGIMEN ABIERTO que le fuera acordado en fecha 05-05-2006 al penado: JOSÉ RAMÓN PÉREZ FUENTES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° 13.282.349, nacido en fecha 02-06-71, de 36 años de edad, natural de Santa Cruz de Mora, Estado Mérida, obrero, hijo de Filadelfo Pérez Ramírez y María Rosario Fuentes Altuve, residenciado en Barrio Abelardo Pernia, parte alta, casa S/N, El Vigía, Estado Mérida, por haber incumplido con las condiciones impuestas en el beneficio de Régimen Abierto. Esta decisión se fundamenta en el artículo 512 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a la Fiscalía de Derechos Fundamentales del Ministerio Público, al Centro De Tratamiento Comunitario Lic. Piedad Leonor Rodríguez info.....