Este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO Y REVISIÒN DE LA OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, incoada por WILLIAM JOSÈ URDANETA TORRES, en contra de NORKYS JOSEFINA MOGOLLÒN SANCHEZ, identificados en autos. En consecuencia: Se condena a la demandada NORKYS MOGOLLÒN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.439.819, en su condición de obligada a manutencista: A darle estricto cumplimiento a la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 18-09-2007, contenida en el expediente Nº 2.967-07, en los términos y modalidades contenidas en el dispositivo desde que fue dictada la indicada sentencia hasta la presente fecha. En consecuencia, debe pagar la suma de CUATRO MIL DOSCIENTOS BOLÌVARES (Bs. 4.200,00), que corresponden a las pensiones de manutención no pagadas desde el mes de Septiembre de 2007 al mes de Enero de 2010, a razón de CIENTO CINCUENTA BOLÌVAR.....