IV
DECISIÓN
A la luz de los razonamientos antes expuestos, este JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO, DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITNA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: Con lugar la Inhibición con fundamento en el numeral 17° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil, propuesta por la Dra. Milena Márquez Caicaguare, en su condición de Juez del Juzgado Séptimo de Municipio Ejecutor de Medidas E Itinerante de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, basada en el artículo 82 numeral 17° del Código de Procedimiento Civil, surgida en el juicio que por Cobro de Bolívares sigue la ciudadana Caldera Ernestina, contra Zurich Seguro, S.A
SEGUNDO: Remítase copia de la sentencia a la Juez Inhibida.-
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada.....