En el presente recurso contencioso administrativo esta Corte declaró: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana HILDEMAR LÓPEZ contra el MUNICIPIO CHACAO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA y en consecuencia: 1.2 CONDENA al Municipio Chacao del estado Bolivariano de Miranda, a pagar a la ciudadana HILDEMAR LÓPEZ, la cantidad de seiscientos mil bolívares exactos (Bs. 600.000,00), a los fines de indemnizar el daño moral sufrido, 2.- CONDENA al Municipio Chacao del estado Bolivariano de Miranda, a garantizar los servicios de atención para el diagnóstico, prevención y recuperación de la demandante, como consecuencia de la enfermedad de Mal de Chagas , así como el suministro de los medicamentos necesarios para el control de la enfermedad y 3.- IMPROCEDENTE la indexación monetaria.