En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia de juicio, debe este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, declarar en nombre de la República y por autoridad de la Ley: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN en el juicio incoado por el ciudadano EFREN PLANCHART contra la empresa REPRESENTACIONES AQUATRECE C.A., conforme a lo dispuesto en el art. 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora.
Téngase la presente acta como el cuerpo de la sentencia dictada en el presente juicio, y el lapso para ejercer el recurso correspondiente comenzará a correr a partir del día hábil siguiente al de hoy. Es todo se leyó y conforme firman.