En base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, MARÍTIMO Y BANCARIO DEL PRIMER CIRCUITO JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la demanda que por DAÑOS Y PERJUICIOS intentara la ASOCIACIÓN CIVIL ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIENDA SIMÓN BOLIVAR, domiciliada en la ciudad de Cariaco, jurisdicción del Municipio Ribero del Estado Sucre, constituida según documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna de Registro Público del Municipio Ribero del Estado Sucre, en el Tercer Trimestre de 1.997, anotado bajo el Nº 49, folios 109 al 112, del Protocolo Primero; contra la empresa EMPRESA CORPORACIÓN AGRO INDUSTRIAL EL YACAL, C.A "CORAINCA", registrada por ante el Registro Mercantil Primero del Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, anotada bajo el Nº 82, Tomo A-08, 2do. Trimestre, de .....