III
DECISIÓN
Por las razones y consideraciones anteriores, este TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GUACARA, SAN JOAQUÍN Y DIEGO IBARRA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en resguardo de los principios Constitucionales y Legales, DECLARA: INADMISIBLE, la Solicitud de INSPECCION JUDICIAL, incoado por la empresa del Estado: BANCO DE COMERCIO EXTERIOR, C.A.(BANCOEX,C.A.) mediante apoderados Judiciales Abogados en Ejercicio: SANDRA MAYELA HERRERA DE LEIBA, JUAN CARLOS VELASQUEZ ABREU Y ENRIQUE QUEVEDO DABOIN, inscritos en el I.P.S.A bajo el N°278.455, 46.986 Y 109.769. No hay condenatoria en costas en razón de la naturaleza del presente fallo. Dada, firmada y Sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Guacara, San Joaquín y Diego Ibarra de la Circunscri.....