este Tribunal de Ejecución de la Sección Penal de Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, con sede en Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara realizado el Cómputo en la presente causa seguida al ciudadano xxxxxxxxxxxx, venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° xxxxxxxxxxxde xxxxaños de edad, natural de Cumaná, nacido el xxxxxxxxx, de oficio indefinido, soltero, hijo de xxxxxxxxxy xxxxxxxxxxx, residenciado en xxxxxxxxxxxxxxxxx; determinándose, del cómputo realizado que el sancionado de autos lleva detenido, hasta el día de hoy, 28-03-08, UN (01) AÑO, Y DOCE (12) DÍAS, faltándole por cumplir UN (01) AÑO, CINCO (05) MESES Y DIECIOCHO (18) DÍAS, los cuales vencerán en fecha 16-09-09. Cómputo que se realizó conforme a las atribuciones conferidas en los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y 482 del Código Orgánico Procesal Penal, aplicable po.....