PRIMERO: SIN LUGAR el recurso ordinario de apelación interpuesto en fecha 19 de enero de 2011, por la abogada ANA LUCIA CABEZAS, actuando como apoderado judicial de los terceros opositores LEON YUFFE MARGULIS y AMERICA RODRIGUEZ DE YUFFE, contra la decisión del Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, de fecha 17 de enero de 2011.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia Marítimo con competencia nacional y sede en la ciudad de Caracas, en fecha 17 de enero de 2011, en el expediente Nº 2010-000363 (de la nomenclatura interna llevada por ese Tribunal), donde se declaró IMPROCEDENTE la oposición al embargo preventivo por parte de los terceros opositores LEON YUFFE MARGULIS y AMERICA RODRIGUEZ DE YUFFE.
TERCERO: Se condena en costas procesales por haber resultado totalmente vencidos los terceros opositores LEON YUFFE MARGULIS y AMERICA RODRIGUEZ DE YUFFE.