En virtud de lo anterior, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, por autoridad de la Ley y nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por la ciudadana MARIA GORETE GONCALVES FIGUEIRA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 6.126.566 y de este domicilio, contra Sociedad Mercantil "ISERCA". En consecuencia se ordena a la demandada a cancelar todos y cada uno de los conceptos condenados arriba descritos y que se dan aquí por reproducidos, lo cual suma la cantidad de Bs. 24.794,17, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo.