Este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Centro Norte, actuando con la competencia constitucional que le es atribuida, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley:
REVOCA, la sentencia dictada en fecha 17 de marzo de 2009, emanado del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del estado Cojedes, mediante la cual declaró sin lugar la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MARIA PEÑALOZA, ORLANDO RODRIGUEZ y RAUL PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.325.909, V-10.985.244 y V-10.561.050 respectivamente.
INADMISIBLE, la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MARIA PEÑALOZA, ORLANDO RODRIGUEZ y RAUL PALENCIA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-10.325.909, V-10.985.244 y V-10.561.050 respectivamente, contra el ciudadano RAMÓN DÍAZ POLANCO.....