Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: CON LUGAR la Solicitud de Divorcio Jurisprudencial, propuesta por los ciudadanos: DARIO MANUEL GOMEZ ARRIECHI y MIRIAN ELIZABETH SEGOVIA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros17.880.913 y 22.099.294, ambos de este domicilio del Municipio Guanare, del estado Portuguesa, En concordancia con el contenido de la Sentencia Vinculante Nº 136, emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en fecha treinta de Marzo del dos mil diecisiete (30/03/2017) de conformidad con lo establecido en el artículo 185 del Código Civil.
SEGUNDO: Como consecuencia de la anterior declaratoria, queda DISUELTO el vínculo conyugal cont.....