Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, la Juez Temporal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Desistida la acción por cobro de prestaciones sociales incoada por las ciudadanas KEYLA CONSUELO DUQUE COLMENAREZ, MARIA FERNANDA COSTA RODRIGUEZ y MARGELIZ XUORET PERAZA PARRA en contra de CENTRO DE REHABILITACIÓN RANCHO CHICO y el ciudadano LUIS MONTERREY.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas porque el actor alego ingresos inferiores a tres salarios mínimos conforme al Artículo 64 de la ley Orgánica Procesal del Trabajo.