Por los razonamientos que anteceden, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de esta Circunscripción Judicial en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Conforme a lo dispuesto en el art. 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, CON LUGAR DEMANDA, incoada por el ciudadano SERGIO LA TORRE RIERA contra la empresa MULTIMUEBLES 212 C.A (CENTURY 21 LA TRINIDAD) y la ciudadana MARIA DE LOS MILAGROS JIMENEZ PATIÑO. En consecuencia se condena a la parte demandada a pagar al demandante: prestación de antigüedad, intereses, vacaciones, bono vacacional 2008-2009, días feriados y de descanso 2008-2009, vacaciones, bono vacacional fraccionados 2009, días feriados y de descanso 2009, utilidades fraccionadas 2008 y 2009, días sábados, domingos y feriados por comisiones e indemnizaciones por despido injustificado, art. 125 LOT, para un total de Bs. 261.336,61.
SEGUNDO: Se condena al.....