Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la pretensión de estimación e intimación de honorarios profesionales intentada por el abogado JOSÉ GRATEROL GALINDEZ contra la sociedad mercantilPROMOTORA HADDEN C.A., ambos plenamente identificados en el encabezamiento de esta decisión. SEGUNDO: SE ORDENA que por auto expreso, una vez declarado firme este fallo, se fije la oportunidad para la designación de los jueces retasadores y continuar con el respectivo trámite establecido en los Artículos 25 y siguientes de la Ley de Abogados. Dicha retasa se aplicará únicamente a las actuaciones indicadas en la motiva del presente fallo, las cuales fueron debidamente demostradas por la parte actora. Asimismo, se hace saber que los jueces retasadores que sean designados deberá.....