este TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código Civil, acuerda CONCEDER AUTORIZACIÓN JUDICIAL SUFICIENTE para que la ciudadana MAHUANPI JOSEFINA D ELIAS DE MONTICELLI, antes identificada, pueda vender el Veinticinco por Ciento (25%) que le corresponde a la prenombrada niña de los derechos de propiedad de un vehículo Clase: automóvil, tipo: Seda, Marca: Chevrolet, Modelo: Celebrity, Año 84, Uso: Particular, Serial del motor: ZEV313356, Serial de Carrocería: 1W19ZEV313356, Color: Verde, Placa N° AVC453, como beneficiaria de del De cujus FRANCO MONTICELLI BUTINAR y realice la operación antes descrita en los términos por ella señalados en su escrito de solicitud. Asimismo, se concede un plazo de sesenta (60) días después de realizada la operación antes descrita para que la solicita.....