declara Parcialmente Con Lugar en los términos expresados en la motiva del presente fallo, la Acción de Amparo interpuesta por el profesional del derecho José Jesús Alicandú Oporto, quien actúa en representación del Ciudadano: Carlos F. Sequera, en contra del fallo dictado por la Jueza Tercera de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 28 de abril del 2008, por haberse constatado la violación del derecho constitucional a la Tutela Judicial Efectiva, debido proceso y oportuna respuesta, consagrados en los artículos 26, 49 y 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. En consecuencia se ordena de inmediato a los fines de restituir el derecho conculcado, que la Jueza Sexta en Funciones de Juicio de este Circuito Judicial Penal, proceda inmediatamente a devolver las actuaciones a la Jueza Tercera de Control de este Circuito Judicial Penal, para que esta proceda nuevamente a fijar la realización de la audiencia preliminar aquí anulada, debiend.....