DISPOSITIVA
Hechas las consideraciones que anteceden y por cuanto se ha suscitado la incidencia antes de imponer al adolescente (SE OMITE IDENTIDAD), de las medidas de Privación de Libertad y Libertad Asistida, con las que fue sancionado por el Juzgado Noveno de Control de esta Sección y Circuito, de que su progenitora, ciudadana (SE OMITE IDENTIDAD), (SE OMITE IDENTIDAD), este Juzgado Tercero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en aras de garantizar el derecho que le asiste de permanecer internado en la misma localidad o en la más próxima al domicilio de su progenitora, en nombre de la República y por autoridad de la ley, con arreglo a lo establecido en los artículos 26 Constitucional, 631 y 646 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y 77 del Código Orgánico Procesal Penal, resuelve: Unico: Declinar el conocimiento de .....