este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE DECLARÓ Improcedentes las defensas de PRESCRIPCIÓN, PERENCIÓN, DECAIMIENTO DE LA CITACIÓN E IMPUGNACIÓN DE LA CUANTÍA, opuestas por la representación de la empresa demandada y la Defensora Judicial.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de COBRO DE BOLÍVARES intentada por la Sociedad Mercantil BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO BANCO UNIVERSAL, C.A.,, en contra de la Sociedad Mercantil FARMACIA GITUTTO, C.A., y el ciudadano RAMÓN ELI BARRERO, ambas partes plenamente identificadas en el encabezamiento de la decisión; conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
TERCERO: SE CONDENA a la parte demandada a pagar a la demandante la cantidad de DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs. 18.300.000,00), .....