(...) DECLARA: DESISTIDO el procedimiento en la acción Contenciosa de Nulidad, interpuesto por la Sociedad Mercantil, GRUPO PROFESIONAL BIO-CELL 220, C.A., contra la providencia administrativa de efectos particulares contenida en la decisión de fecha cuatro (04) de julio de 2014, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DISTRITO CAPITAL (SEDE NORTE), por lo que se declara culminado el procedimiento y asimismo, se ordena el cierre y archivo del expediente, previo el transcurso del lapso para que las partes ejerzan los recursos de Ley, dando por terminado el presente proceso. CÚMPLASE.
No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de la decisión.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. CÚMPLASE.
Cúmplase, publíquese, regístrese y déjese copia de la presente decisión.
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzga.....