Este Tribunal Tercero de Sustanciación, Mediación y Ejecución en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del  extrabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos y valor de la Cosa Juzgada. Este Juzgado ordena el cierre y archivo de la presente causa Se deja constancia que le fueron entregados los escritos de promoción con sus respectivos anexos a ambas partes.-
La Juez 
Leticia Morales Velásquez
                                                   Apoderado  judicial y  Parte actora
Apoderado  judicial de la Demandada 
El Secretario
Antonio Boccia