En fecha 28 de septiembre de 2016, este Juzgado de Sustanciación dictó decisión mediante la cual declaró que la competencia para conocer de la presente demanda corresponde a la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, admitió la misma y ordenó notificar a la Procuraduría General de la República, Fiscalía General de la República, a la Caja de Ahorro de los Trabajadores de MABE DE VENEZUELA, C.A. al Superintendente de las Instituciones del Sector Bancario (SUDEBAN) y al Presidente del Banco de Venezuela, S.A. Banco Universal y se ordenó solicitar los antecedentes administrativos del caso.