Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Noveno en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando como Tribunal de Alzada, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: Se declara SIN LUGAR la apelación interpuesta en fecha 09 de abril de 2008, por el abogado Freddy Manuel Tavares de Oliveira, apoderado de la parte actora, contra el auto dictado en fecha 02 del referido mes y año, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, SE CONFIRMA EN LOS TÉRMINOS DE ESTE TRIBUNAL DE ALZADA el referido auto de fecha 02/04/2008; el cual cursa a los folios 1 al 6, del presente Cuaderno de Medidas.
SEGUNDO: De conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, se condena en cos.....