PRIMERO: CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la parte demandada contra la sentencia de fecha 19 de junio de 2013, dictada por el Juzgado Décimo Sexto (16°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA al estado en que el Juez de Sustanciación, Mediación y Ejecución, fije la oportunidad para que se celebre la audiencia preliminar. TERCERO: SE REVOCA el fallo apelado. Por la naturaleza del presente fallo no hay condenatoria en costas.