Se declara COMPETENTE POR LA CUANTÍA para continuar conociendo la presente causa con motivo de Cobro de Bolívares (vía intimatoria), interpuesta por el ciudadano Jorge David Villaroel Vásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-11.356.278, en su condición de director general de la sociedad mercantil TRANSPORTE J.D.V. C.A., inscrita ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo del Estado Carabobo, bajo el No. 26, Tomo 231-A, en fecha 10 de noviembre de 2014, asistido por el abogado en ejercicio Rubén Darío Pérez Díaz, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 139.323, en contra de la sociedad mercantil CENTRO POLICLÍNICO VALENCIA, C.A., inscrito ante la Oficina de Registro Mercantil Primero del Estado Carabobo, bajo el No. 1°, Tomo 66, de fecha 21 de agosto de 1991.