Bajo esta óptica se observa este Jurisdicente que, si bien el Juzgado de la causa no acogió la pretensión por Cumplimiento de Contrato planteada por la parte actora como principal, declaró Con Lugar la pretensión por Resolución de Contrato que hizo valer el demandante de forma subsidiaria; por lo tanto, puede afirmarse que la parte actora resultó beneficiada en la litis al concedérsele una de sus pretensiones; y amén de ello, es importante resaltar que las pretensiones planteadas por la parte actora por ser excluyentes, no podrían haberse declarado Con Lugar en forma concurrente. Motivo por el cual, si bien la pretensión principal no prospero en derecho, teniendo en consideración que la parte actora ha obtenido la satisfacción completa de su pretensión subsidiaria al haber sido declarada Con Lugar la RESOLUCIÓN DE CONTRATO incoada por el ciudadano ELFIDES DE JESUS RIVAS contra el ciudadano ISMAEL GUILARTE MATA; en consecuencia, conforme a lo establecido en el artículo 297 del Código .....